sábado, 21 de mayo de 2011

TSE. ENVÍA UNA REFORMA PARCIAL AL ART. 82 DE LEY DE RÉGIMEN ELECTORAL.

La Paz, 21 Mayo (LÍDER).- El Tribunal Supremo Electoral (TSE) envió este viernes a la Asamblea Legislativa un proyecto de reforma parcial del artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral manteniendo restricciones a los candidatos al Órgano Judicial y a los medios de comunicación para que estos no difundan ninguna información de los postulantes.

El presidente del TSE, Wilfredo Ovando en rueda de prensa informó que el proyecto de ley,en su artículo 1 plantea la derogación de los incisos b) y e) del parágrafo 1;  de los incisos a) y b) del parágrafo 2  y el parágrafo IV del artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral.
Actualmente el inciso b) y e) del parágrafo I del artículo 82 (Prohibiciones) señala que está prohibido: “Manifestar opinión ni tratar temas vinculados directa o indirectamente a su postulación en foros públicos, encuentros u otros de similar índole;” y “acceder a entrevistas, por cualquier medio de comunicación, relacionadas con el cargo al que postula.
En tanto que los incisos a) y b) del parágrafo 2, prohibiciones para los medios de comunicación, bajo sanción y sin perjuicio de su responsabilidad penal, establece que “está prohibido  difundir documentos distintos a los producidos por el Órgano Electoral y referirse específicamente a una o un postulante, en forma positiva o negativa”.

Y el parágrafo IV,  indica que “a partir de la convocatoria, ninguna autoridad o institución pública podrá emitir opiniones o realizar acciones que favorezcan o perjudiquen a alguna de las postulaciones, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.
Asimismo, Ovando explicó que el artículo 2 del proyecto de ley, plantea la modificación del inciso c) del numeral 1 con el siguiente texto:  “Dirigir o conducir programas radiales o televisivos o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos”.

En la actualidad el inciso c) establece que queda prohibido a los candidatos “Emitir opinión a su favor, o a favor o en contra de otros postulantes, en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos o espacios públicos”.
Mientras que el artículo 3 propuesto señala que “El Tribunal Supremo Electoral queda encargado de reglamentar las ediciones de los artículos 80 (Difusión de méritos),  81 (Difusión en medios estatales), 82 (Prohibiciones), 83 (Inhabilitación de postulantes) y 84 (Sanciones a los medios) de la Ley de Régimen Electoral”
El proyecto de ley también plantea un a Disposición Transitoria que textualmente indica que las “Derogatorias y modificaciones contenidas en la presente ley se aplicarán a la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional del 16 de octubre de 2011”.
CONTINÚA RESTRICCIÓN
El proyecto de reforma parcial mantiene el inciso d) del art. 82 que indica que las y los candidatos, desde el momento de su postulación -con riesgo de suspensión- están aún prohibidos de "dirigir, conducir o participar en programas radiales o televisivos, o mantener espacios informativos o de opinión en medios escritos".
Asimismo se mantienen las restricciones para los medios de comunicación contenidas en los incisos c) y d) parágrafo II del art. 82, bajo sanción, que prohíbe  "generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes y dar espacios de opinión, conducción o participación en programas a cualquier postulante".
FUENTE: NAN

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