viernes, 25 de noviembre de 2011

ANTE PROYECTO DE LEY AGRAVA SANCIONES POR AGRESIONES A LA MUJER CON HASTA 30 AÑOS DE CÁRCEL


La Paz, 25 Nov. (Oxígeno).- Organizaciones de la sociedad civil, redes de mujeres y el Ministerio de Justicia entregaron al vicepresidente y presidente nato de la Asamblea Legislativa, Álvaro García Linera dos ante proyectos de ley;  uno sanciona con 30 años de cárcel para los culpables de feminicidio y el otro  agrava a las penas por violaciones hacia las mujeres. La entrega fue realizada en un acto en conmemoración del “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.

El anteproyecto de Ley de Reformas al Código Penal para la incorporación del ‘feminicidio’ como delito, establece que “será sancionado con 30 años de privación de libertad sin derecho a indulto para, quien diere muerte violenta a una mujer por su condición de mujer”.
Este planteamiento también está contemplado en el segundo ante proyecto que es “La Ley integral para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres”, además que agrava las sanciones y crea algunas contra los autores de violencia hacia mujeres.
Para el caso de homicidio – suicidio platea la aplicación de una sanción de 6 a 10 años cuando la persona se suicide a causa de la violencia ejercida por su agresor. Por lesiones gravísimas se pretende priva de libertad de 4 a 8 años, a el autor o autora, las lesiones graves con  reclusión de 2 a 6 años (cuando derive en incapacidad para el trabajo de 30 a 90 días), para las lesiones leves reclusión de 6 meses a 2 años o prestación de trabajo (cuando haya incapacidad de hasta 29 día).
También se plantea que la violación sexual debe ser sancionada con la privación de libertad de 10 a 10 años. La esterilización forzosa tendía una pena de 4 a 8 años este artículo será aplicado para “quien, sin el consentimiento de la persona o su representante legal, en caso de incapacidad mental severa que le impidiese manifestarla fuese privada de su función reproductiva de manera permanente”.
Las conductas sexuales abusivas que se refiere a “quien obligue a su cónyuge, conviviente o con quien mantenga relaciones de enamoramiento a soportar durante la relación acto que le causen dolor, humillación o sea obligada a ver actos de exhibicionismo o ver o escuchar material pornográfico contra su voluntad”, tendrán privación de libertad de 4 a 6 años.
Para el acoso sexual también se sugiere una pena de 4 a 8 años de cárcel. En los casos de delitos contra la libertad sexual la sanción será agravada de 15 a 20 años, en casos en que la víctima sea mayor a 60 años, esté embarazada, cuando el agresor sea cónyuge o ex conviviente, persona con la que mantuvo relaciones de enamoramiento y otros.
La propuesta también esboza la creación de la adjunta de los derechos de las mujeres del Defensor del Pueblo; creación y fortalecimiento de los servicios de atención legales integrales municipales para las mujeres; casas de acogida temporal; centro para agresores; juzgados especializados de violencia contra las mujeres; fiscalía especializada en violencia contra las mujeres e Instituto de Investigaciones Forenses con Enfoque de Género.
Medios
La propuesta de anteproyecto expone que la Autoridad de Telecomunicaciones y Transporte deberá regular, velar y ejecutar que los medios de comunicación audiovisual, escrita, oral y eléctrica adopten medidas necesarias para evitar la publicidad, programas o artículos con contenido sexista.
Se considera publicidad sexista, directa, subliminal o encubierto aquella que utilice la imagen de la mujer de forma vejatoria o discriminatoria, utilizando su cuerpo o partes del mismo como objeto del producto que se pretende promocionar.
Toda persona individual o colectiva está facultada para ejercer en el vía administrativa y judicial la acción de cesación y rectificación de la publicidad sexista. Los medios de comunicación también deberán prohibir y sancionar toda acción de discriminación, racismo, desigualdad, estereotipos sexistas.

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