La Paz, 13 Jun. (LÍDER).- En el marco de la nueva Constitución Política del Estado, YPFB Corporación suscribirá en los próximos días los primeros cuatros contratos de servicios petroleros con la empresa Gas To Liquid Internacional S.A. (GTLI) para la exploración y explotación de las áreas Almendro, Río Beni, Itacaray y Cupecito.
Una vez que fueron sancionadas por la Asamblea Legislativa, el presidente, Evo Morales Ayma promulgó el 2 de junio las cuatro leyes que autorizan la firma de estos contratos en las áreas reservadas a favor de la estatal petrolera.
Con la declaratoria y aprobación de la comercialidad de uno o varios campos dentro de las áreas mencionadas, se autoriza a YPFB y al titular del período de exploración, la suscripción del Contrato de Cesión establecido en el Anexo “G” de dicho contrato, en favor de la Sociedad de Economía Mixta YPFB-GTLI SAM para los campos declarados comerciales.
“Las empresas privadas realizan la inversión en la fase de exploración a cuenta y riesgo. Si las empresas obtienen resultados positivos, hay una perforación de un pozo exploratorio y si el resultado es positivo, inmediatamente hay una declaratoria de comercialización; por tanto se constituye una SAM entre YPFB y la empresa interesada”, explicó el presidente de YPFB, Carlos Villegas.
Almendro y Cupecito son áreas que están ubicadas en el departamento de Santa Cruz; Río Beni se sitúa entre los departamentos de La Paz, Beni y Pando; e Itacaray se halla en la jurisdicción del departamento de Chuquisaca.
YPFB-GTLI SAM es una sociedad de economía mixta conformada en el marco legal del Código de Comercio, que para el desarrollo de sus actividades deberá adecuarse a la normativa legal vigente.
De conformidad con lo establecido por el Parágrafo II del Artículo 362 de la Constitución Política del Estado, se autoriza a YPFB suscribir estos contratos de servicios petroleros para la exploración y explotación de áreas reservadas a favor de la estatal petrolera.
De acuerdo a procedimiento vigente, los contratos de servicios petroleros deben ser aprobados por la Asamblea Legislativa y posteriormente protocolizados, para que ingresen en plena vigencia.
FUENTE: NAN
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